El Supremo y las capturas de WhatsApp: qué cambia y por qué conviene certificar
En julio de 2025 la prensa tecnológica y la jurídica recogieron una noticia que interesa a cualquiera que tenga una conversación de WhatsApp como prueba: el Tribunal Supremo habría suavizado lo que exige para dar valor a las capturas de pantalla. Lo cuenta, por ejemplo, ADSLZone, y lo analiza con tono crítico un abogado penalista en Economist & Jurist. Como peritos informáticos, nos parece útil explicar qué significa en la práctica y qué no significa.
Qué cuentan las noticias
- Las sentencias citadas son la STS 116/2025, la STS 603/2025 y la STS 629/2025. Las fechas exactas varían según la fuente, así que conviene leerlas directamente en el CENDOJ antes de citarlas en un escrito.
- Hasta hace unos años, la referencia era la STS 300/2015, que pedía tratar la prueba digital «con todas las cautelas» por el riesgo de manipulación y suplantación.
- Según estas informaciones, la tendencia reciente es que una captura puede valorarse como un documento más si la otra parte no la impugna, y que solo se exige un informe técnico cuando hay indicios razonables de manipulación.
- La carga de demostrar que algo está alterado pasaría a recaer en quien lo cuestiona. Otras sentencias anteriores, como la STS 375/2018 o la STS 332/2019, iban ya en esa dirección.
- El comentario jurídico publicado advierte de que se está rebajando una garantía mínima de fiabilidad técnica en un ámbito, el penal, donde estas pruebas pesan mucho.
Nuestra lectura pericial
1. «No impugnada» no significa «no manipulada». Que un tribunal acepte una captura porque nadie la discute no demuestra que sea auténtica. Si en otro procedimiento la otra parte aporta indicios, una captura sin más puede caerse. Lo que decide es la estrategia de cada caso, no la regla general.
2. Quien impugna debe razonar. No basta decir que «puede estar manipulada»; hay que apoyarlo en algo técnico. Ahí es donde un informe pericial o un contrainforme marca la diferencia: analiza los metadatos, el origen y la coherencia de lo aportado.
3. Certificar a tiempo cuesta poco frente a lo que puede perderse. Los mensajes se borran, los móviles se cambian y las copias caducan. Si la conversación es importante, lo prudente es preservarla y certificarla antes de que desaparezca. Recuerde que no recuperamos mensajes de WhatsApp borrados: la certificación hay que hacerla mientras la prueba existe.
4. La inteligencia artificial cambia el escenario. Cada vez es más fácil fabricar imágenes, audios y conversaciones verosímiles. Es previsible que los jueces pidan más garantías cuando haya dudas razonables, aunque la regla general sea más flexible.
5. No todos los tribunales van igual. Según recogen otras fuentes, algunos tribunales superiores siguen exigiendo más que un pantallazo. Lo que sirve en un juzgado puede no servir en otro, y cambia entre lo penal, lo civil y lo laboral.
Qué hacer si su prueba es una conversación de WhatsApp
- No borre nada ni edite el chat, y no restaure ni formatee el móvil.
- No cambie de móvil sin preservar antes la información.
- Haga una copia de seguridad y anote cuándo ocurrieron los hechos.
- Hable con su abogado: él decidirá si la prueba va a ser discutida.
- Si la conversación es decisiva o es probable que la otra parte la impugne, hágala certificar. Puede ver cómo trabajamos en perito WhatsApp y repasar cómo aportar los WhatsApp como prueba en un juicio.
En resumen
La noticia no dice que dé igual cómo se presente una conversación; dice que, mientras nadie la discuta con argumentos, el tribunal puede aceptarla. Pero basta una impugnación razonada para que haga falta un peritaje. Por eso seguimos recomendando preservar y certificar lo que sea importante, tal como explicamos en validez judicial de las capturas de pantalla y en por qué el pantallazo, por sí solo, es una prueba frágil.
Este artículo es un comentario informativo basado en noticias y no constituye asesoramiento jurídico. Las referencias a sentencias proceden de la prensa citada y deben contrastarse con el texto oficial.
